Movimiento, inclusión y oportunidades para todos.
La Fundación Centro Crea-t trabaja para la creación de una escuela autónoma, inclusiva y vivenciada, abierta al entorno; que facilite el pleno desarrollo de las capacidades del ser humano: físicas, emocionales, sociales, intelectuales y espirituales.
La creación un espacio de asistencia a la tercera edad, prestando los servicios asistenciales necesarios para su desarrollo personal y emocional, desde la perspectiva de la Psicomotricidad vivenciada.
Promover y desarrollar iniciativas y proyectos cuya finalidad sea fomentar la inclusión de todos los seres humanos, con atención especial a la Discapacidad.
Fecha de Constitución
26 de marzo de 2018
Protectorado
Govern Balear, Conselleria de Serveis Socials i Cooperació.
Objeto Social
La Fundación Centro Crea-t es una fundación de interés general, sin ánimo de lucro, que tiene por objeto favorecer el desarrollo integral de la persona, en el ámbito educativo, sanitario y social, priorizando la inclusión del ser humano en sus diferencias.
Domicilio social
C/ Martí Rubí Secretari 114. 07141 Sa Cabaneta. Marratxí. Illes Balears.
Contacto
[email protected]
Art. 1.- Denominación y naturaleza Con la denominación de "FUNDACIÓN CENTRO CREA-T", se constituye una organización privada de naturaleza fundacional, sin ánimo de lucro, cuyo patrimonio está afectado de forma duradera, por voluntad de sus creadores, a la realización de los fines de interés general que se detallan en el artículo 6 de estos estatutos.
Art. 2.- Personalidad y capacidad La Fundación constituida, una vez inscrita en el Registro de Fundaciones, tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad para obrar, pudiendo realizar, en consecuencia, todos aquellos actos que sean necesarios para el cumplimiento de la finalidad para la que ha sido creada, con sujeción a lo establecido en el ordenamiento jurídico.
Art. 3.- Régimen La Fundación tiene carácter permanente y su duración es indefinida La Fundación se regirá por la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, así como por sus normas de desarrollo y las demás disposiciones legales vigentes; por la voluntad del/os Fundador/es, por estos Estatutos y por las normas y disposiciones que, en interpretación y desarrollo de los mismos, establezca el Patronato.
Art. 4.- Nacionalidad y domicilio La Fundación que se crea tiene nacionalidad española. El domicilio de la Fundación radicará en Palma de Mallorca, calle Elcano, nº 2, bajos, 07014, Palma de Mallorca, Baleares. El Patronato podrá promover el cambio de domicilio, mediante la oportuna modificación estatutaria, con inmediata comunicación al Protectorado, en la forma prevista en la legislación vigente.
Art. 5.- Ámbito de actuación La Fundación desarrollará sus actividades principalmente en el territorio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
TITULO SEGUNDO
FINES DE LA FUNDACIÓN Y REGLAS BÁSICAS PARA LA DETERMINACIÓN DE BENEFICIARIOS Y LA APLICACIÓN DE LOS RECURSOS AL CUMPLIMIENTO DE LOS FINES FUNDACIONALES
Art. 6.- Fines
- Los fines de interés general de la Fundación serán :
- La creación de una escuela autónoma, inclusiva y vivenciada, abierta al entorno; que facilite el pleno desarrollo de las capacidades del ser humano: físicas, emocionales, sociales, intelectuales y espirituales.
- La creación un espacio de asistencia a la tercera edad, prestando los servicios asistenciales necesarios para su desarrollo personal y emocional, desde la perspectiva de la Psicomotricidad vivenciada.
- Promover y desarrollar iniciativas y proyectos cuya finalidad sea fomentar la inclusión de todos los seres humanos, con atención especial a la Discapacidad.
- Facilitar un espacio para que las personas mayores y los niños compartan su experiencia de la vida.
- Promover el intercambio entre los miembros de la Comunidad con el objetivo de construir una realidad más justa, equitativa y humana, consciente de la importancia de los vínculos en las relaciones humanas y la riqueza que aporta el servicio a los demás.
- Integrar y preservar los espacios naturales, promover el respeto con el entorno y fomentar el contacto del ser humano con la naturaleza desde la innovación educativa.
- Promover el cuidado, atención, acompañamiento, rehabilitación y promoción social y humana de las personas, tanto en la infancia, adolescencia y edad adulta.
- Proporcionar atención especial a las familias en riesgo de exclusión o marginación.
- Promoción de voluntariado para trabajar por y para la infancia; por y para las personas mayores.
- Desarrollo integral de la persona a través de la Psicomotricidad.
- Realización de formación en Psicomotricidad como terapia a la infancia, la edad adulta y las personas mayores.
- Fomentar el desarrollo de la teoría y práctica de la Psicomotricidad, propiciando el desarrollo científico de la Psicomotricidad como disciplina.
- Auspiciar y promover estudios, proyectos de investigación, postgrados o formación sobre temas sociales, culturales, socio-sanitarios y educativos.
- Crear y constituir el sostenimiento de las actividades y obras formativas que complementen las posibilidades de la escuela para la educación integral del niño.
- Organizar cursos, eventos, jornadas, conferencias, sesiones de estudio y de investigación y otros actos similares sobre temas relacionados con el objeto fundacional.
- Colaborar con otras instituciones en programas de investigación, cooperación nacional e internacional en beneficio de la infancia, de personas mayores o en riesgo de exclusión.
- Creación de premios como reconocimiento a las personas, instituciones u organizaciones que hayan realizado acciones a favor de la inclusión.
Art. 7.- Actividades fundacionales
- La Fundación, para la consecución de sus fines, puede realizar las siguientes actividades:
- a) La Fundación podrá desarrollar actividades económicas cuyo objeto esté relacionado con los fines fundacionales o sean complementarias o accesorias de las mismas.
- b) Podrá intervenir en cualesquiera actividades económicas a través de su participación en sociedades.
- c) Viajar a los lugares en los que se va materializar el fin de la fundación.
- d) Encargar estudios preliminares de actuación.
- e) Promocionarse y darse a conocer a través de los medios de comunicación que entienda oportunos así como realizar campañas de recolección de fondos para atender a los fines de la Fundación,
- f) Asociarse, formar consorcios, o formar parte de otras entidades, sociedades, corporaciones, ONG, o cualquier otra institución que persiga finalidades similares a la presente fundación.
- g) Cualquier otra actividad que pueda conllevar el cumplimiento y materialización de los fines de la fundación
Art. 8.- Libertad de actuación El Patronato tendrá plena libertad para determinar las actividades de la Fundación, tendentes a la consecución de aquellos objetivos concretos que, a juicio de aquél y dentro del cumplimiento de sus fines, sean los más adecuados o convenientes en cada momento.
Art. 9.- Determinación de los beneficiarios La elección de los beneficiarios se efectuará siguiendo el buen criterio del Patronato entre las personas o entidades que reúnan las siguiente circunstancia: Formar parte del sector de población incluido en el ámbito de actuación de la Fundación
Art. 10.- Destino de las rentas e ingresos A la realización de los fines fundacionales deberá ser destinado, al menos, el setenta por ciento de los resultados de las explotaciones económicas que se desarrollen y de los ingresos que se obtengan por cualquier otro concepto, deducidos los gastos realizados para su obtención, debiendo destinar el resto a incrementar la dotación fundacional o las reservas según acuerdo del Patronato. No se incluirán en el cálculo de los ingresos las donaciones recibidas en concepto de dotación. La Fundación podrá hacer efectiva esta obligación en el periodo comprendido entre el inicio del ejercicio en que se obtengan los resultados e ingresos y los cuatro años siguientes al cierre de dicho ejercicio.
TITULO TERCERO
PATRONATO
Art. 11.- Naturaleza El Patronato es el órgano de gobierno, representación y administración de la Fundación que ejecutará las funciones que le corresponden, con sujeción a lo dispuesto en el Ordenamiento Jurídico y en los presentes Estatutos.
Art. 12.- Composición del Patronato El Patronato quedará compuesto por un mínimo de 3 y un máximo de 7 miembros. El primer Patronato será el designado en la escritura de constitución.
Art. 13.- Duración del mandato, nombramientos y sustitución de patronos La duración del mandato de los patronos será indefinida. El nombramiento de patronos, tanto para completar el número máximo de miembros, como para cubrir las vacantes que se produzcan será competencia del Patronato. El plazo para cubrir vacantes será de dos meses desde que se produce la vacante. Los acuerdos para nombrar patronos se requiere que sean aprobados por la mitad más uno de los miembros del Patronato.
Art. 14.- Aceptación del cargo de patrono Los patronos entrarán a ejercer sus funciones después de haber aceptado expresamente el cargo en documento público, en documento privado con firma legitimada por notario o mediante comparecencia realizada al efecto en el Registro de Fundaciones. Igualmente, se podrá aceptar el cargo ante el Patronato, acreditándose a través de certificación expedida por el Secretario, con firma legitimada notarialmente. En todo caso, la aceptación se comunicará formalmente al Protectorado y se inscribirá en el Registro de Fundaciones.
Art. 15.- Cese de patronos El cese de los patronos de la Fundación se producirá en los supuestos siguientes: por muerte o declaración de fallecimiento, así como por extinción de la persona jurídica; renuncia comunicada con las debidas formalidades; por incapacidad, inhabilitación o incompatibilidad, de acuerdo con lo establecido en la Ley; por cese en el cargo por razón del cual fueron nombrados miembros del Patronato; por resolución judicial; por el transcurso del periodo de su mandato, si fueron nombrados por un determinado tiempo y por acuerdo mayoritario de los demás patronos. La renuncia podrá llevarse a cabo por cualquiera de los medios y mediante los trámites previstos para la aceptación del cargo de patrono.
Art. 16.- Organización del Patronato Se designará, entre los miembros del Patronato, un Presidente y uno o más Vicepresidentes. Asimismo, el Patronato nombrará un Secretario que podrá ser, o no, patrono. En caso de no ser patrono tendrá voz pero no voto en las reuniones del Patronato. Y el Patronato nombrará además Vocales hasta completar, en su caso, el número máximo de miembros del Patronato.
Art. 17.- El Presidente Al Presidente le corresponde ostentar la representación de la Fundación ante toda clase de personas, autoridades y entidades públicas o privadas; convocará las reuniones del Patronato, las presidirá, dirigirá sus debates, dirimiendo con su voto los empates en las votaciones, y, en su caso, ejecutará los acuerdos, pudiendo para ello realizar toda clase de actos y firmar aquellos documentos necesarios a tal fin.
Art. 18.- El Vicepresidente Corresponderá al Vicepresidente realizar las funciones del Presidente en los casos de ausencia, enfermedad o estar vacante el puesto, pudiendo actuar también en representación de la Fundación, en aquellos supuestos que así se determine por acuerdo del Patronato.
Art. 19.- El Secretario Son funciones del Secretario la custodia de toda la documentación perteneciente a la Fundación, levantar las actas correspondientes a las reuniones del Patronato, expedirá las certificaciones e informes que sean necesarios y, todas aquellas que expresamente le deleguen. En los casos de enfermedad, ausencia o estar vacante el puesto, hará las funciones de Secretario el Vocal de mayor edad.
Art. 20.- Facultades del Patronato Su competencia se extiende a resolver las incidencias de todo lo que concierne al gobierno, representación y administración de la Fundación, así como a la interpretación y modificación de los presentes Estatutos. Con independencia de las funciones que le otorgan los presentes Estatutos, y sin perjuicio de solicitar las preceptivas autorizaciones al Protectorado, a título meramente enunciativo, serán facultades del Patronato: Ejercer la alta dirección, inspección, vigilancia y orientación de la labor de la Fundación. Deliberar, proponer, regir, organizar, decidir, etc., todas aquellas actuaciones que conduzcan a materializar los fines de la fundación. Interpretar y desarrollar, en su caso, con la oportuna normativa complementaria los Estatutos fundacionales y adoptar acuerdos sobre la modificación de los mismos siempre que resulte conveniente a los intereses de la Fundación y a la mejor consecución de sus fines. Acordar la apertura y cierre de sus centros, oficinas y delegaciones. Nombrar Apoderados generales o especiales, otorgar los poderes necesarios para llevarlos a cabo, así como la revocación de los mismos. Aprobar el plan de actuación y las cuentas anuales. Adoptar acuerdos sobre la fusión, extinción y liquidación de la Fundación en los casos previstos por la Ley. Delegar sus facultades en uno o más patronos, sin que puedan ser objeto de delegación la aprobación del plan de actuación, las cuentas anuales, la modificación de los Estatutos, la fusión y la liquidación de la Fundación y aquellos actos que requieran la autorización del Protectorado.
Art. 21.- Reuniones del Patronato y convocatoria El Patronato se reunirá, al menos, dos veces al año y tantas veces sea preciso para la buena marcha de la Fundación. Corresponde al Presidente convocar las reuniones del mismo, bien a iniciativa propia, bien cuando lo solicite un tercio de sus miembros. La convocatoria se cursará por el Secretario y se hará llegar a cada uno de los miembros, al menos, con cinco días de antelación a la fecha de su celebración, utilizando un medio que permita dejar constancia de su recepción. En la convocatoria se indicará el lugar, día y hora de celebración de la reunión, así como el orden del día. No será preciso convocatoria previa cuando se encuentren presentes todos los patronos y acuerden por unanimidad la celebración de la reunión.
Art. 22.- Forma de deliberar y tomar los acuerdos El Patronato quedará válidamente constituido cuando concurran, al menos, la mitad más uno de sus miembros. Los acuerdos del Patronato serán inmediatamente ejecutivos y se aprobarán por mayoría de votos de los presentes. No obstante, se requerirá el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros del patronato para aprobar acuerdos que se refieran a: reforma o modificación de los estatutos, determinación del número de patronos de la fundación, designación de nuevos patronos y cargos en el patronato, cese de patronos y cargos con causa legal o estatutaria, enajenación y gravamen de los bienes integrantes de su patrimonio, fusión y extinción de la Fundación De las reuniones del Patronato se levantará por el Secretario la correspondiente Acta, que deberá ser suscrita por todos los miembros presentes y aprobada en la misma o siguiente reunión. Una vez aprobada, se transcribirá al correspondiente libro de actas y será firmada por el Secretario con el visto bueno del Presidente.
Art. 23.- Obligaciones del Patronato En su actuación el Patronato deberá ajustarse a lo preceptuado en la legislación vigente y a la voluntad del fundador manifestada en estos Estatutos. Corresponde al Patronato cumplir los fines fundacionales y administrar los bienes y derechos que integran el patrimonio de la Fundación, manteniendo plenamente el rendimiento y utilidad de los mismos. El Patronato dará información suficiente de los fines y actividades de la Fundación, para que sean conocidos por sus eventuales beneficiarios y demás interesados.
Art. 24.- Obligaciones y responsabilidad de los patronos Entre otras, son obligaciones de los patronos hacer que se cumplan los fines de la Fundación, concurrir a las reuniones a las que sean convocados, desempeñar el cargo con la diligencia de un representante leal, mantener en buen estado de conservación y producción los bienes y valores de la Fundación, y cumplir en sus actuaciones con lo determinado en las disposiciones legales vigentes y en los presentes Estatutos. Los patronos responderán solidariamente frente a la fundación de los daños y perjuicios que causen por actos contrarios a la Ley o a los Estatutos o por los realizados sin la diligencia con la que deben desempeñar el cargo. Quedarán exentos de responsabilidad quienes hayan votado en contra del acuerdo, y quienes prueben que, no habiendo intervenido en su adopción y ejecución, desconocían su existencia o, conociéndola, hicieron todo lo conveniente para evitar el daño o, al menos, se opusieron expresamente a aquél.
Art. 25.- Carácter gratuito del cargo de patrono Los patronos ejercerán su cargo gratuitamente sin que en ningún caso puedan percibir retribución por el desempeño de su función. Los patronos tendrán derecho a ser reembolsados de los gastos debidamente justificados que el desempeño de su función les ocasione.
TÍTULO CUARTO
RÉGIMEN ECONÓMICO
Art. 26.- Patrimonio fundacional El patrimonio de la Fundación puede estar integrado por toda clase de bienes, derechos y obligaciones susceptibles de valoración económica. Unos y otros deberán figurar a nombre de la Fundación y constar en su Inventario, en el Registro de Fundaciones y en los demás Registros que corresponda. La dotación inicial de la Fundación no podrá ser inferior a los 30.000 EUROS marcados por Ley. El Patronato podrá disponer libremente para la consecución de los fines fundacionales del resto de patrimonio que no forme parte de la dotación inicial mínima marcada por Ley.
Art. 27.- Dotación patrimonial de la Fundación. La dotación patrimonial de la Fundación estará integrada por todos los bienes y derechos que constituyen la dotación inicial de la Fundación, y por aquellos otros que en lo sucesivo se aporten a la misma con ese carácter, estableciéndose expresamente que estos segundos podrán ser dispuestos libremente por el Patronato para la materialización de los fines fundacionales.
Art. 28.- Financiación La Fundación, para el desarrollo de sus actividades, se financiará con los recursos que provengan del rendimiento de su patrimonio y, en su caso, con aquellos otros procedentes de las ayudas, subvenciones o donaciones que reciba de personas o entidades, tanto públicas como privadas. Asimismo, la Fundación podrá obtener ingresos por sus actividades, siempre que ello no implique una limitación injustificada del ámbito de sus posibles beneficiarios.
Art. 29.- Administración Queda facultado el Patronato para hacer las variaciones necesarias en la composición del patrimonio de la Fundación, de conformidad con lo que aconseje la coyuntura económica de cada momento y sin perjuicio de solicitar la debida autorización o proceder a la oportuna comunicación al Protectorado.
Art. 30.- Régimen financiero El ejercicio económico coincidirá con el año natural. La Fundación, además del libro de Actas, llevará necesariamente un Libro Diario y un Libro de Inventarios y Cuentas Anuales y aquellos otros que sean convenientes para el buen orden y desarrollo de sus actividades, así como para el adecuado control de su contabilidad. En la gestión económico-financiera, la Fundación se regirá de acuerdo a los principios y criterios generales determinados en la normativa vigente.
Art. 31.- Plan de actuación, Cuentas anuales y Auditoría El Patronato elaborará y remitirá al Protectorado en los últimos tres meses de cada ejercicio, un plan de actuación, en el que queden reflejados los objetivos y las actividades que se prevea desarrollar durante el ejercicio siguiente. El Presidente, o la persona que designe el Patronato, formulará las cuentas anuales que deberán ser aprobadas por el Patronato en el plazo de seis meses desde el cierre del ejercicio y se presentarán al Protectorado en los diez días hábiles siguientes a su aprobación para su examen y ulterior depósito en el Registro de Fundaciones. Las cuentas anuales, que comprenden el balance, la cuenta de resultados y la memoria, forman una unidad, deben ser redactadas con claridad y mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la fundación. En la memoria se completará, ampliará y comentará la información contenida en el balance y la cuenta de resultados y se incorporará un inventario de los elementos patrimoniales. Además, se incluirán en la memoria las actividades fundacionales, los cambios en sus órganos de gobierno, dirección y representación, así como el grado de cumplimiento del plan de actuación, indicando los recursos empleados, su procedencia y el número de beneficiarios en cada uno de las distintas actuaciones realizadas, los convenios que, en su caso, se hayan llevado a cabo con otras entidades para estos fines y el grado de cumplimiento del destino de rentas e ingresos. Si la Fundación incidiera en los requisitos legales establecidos, los documentos anteriores se someterán a auditoría externa, remitiendo al Protectorado el informe de la misma junto con las cuentas anuales.
TÍTULO QUINTO
MODIFICACIÓN, FUSIÓN Y EXTINCIÓN
Art.- 32.- Modificación de estatutos Por acuerdo del Patronato, podrán ser modificados los presentes Estatutos, siempre que resulte conveniente a los intereses de la Fundación. Tal modificación se ha de acometer cuando las circunstancias hayan variado de manera que la Fundación no pueda actuar satisfactoriamente con arreglo a sus Estatutos en vigor. Para la adopción de acuerdos de modificación estatutaria, será preciso un quórum de votación favorable de, al menos, la mitad mas uno de los miembros del patronato. La modificación o nueva redacción de los Estatutos acordada por el Patronato se comunicará al Protectorado antes de otorgar la escritura pública y posteriormente se inscribirá en el Registro de Fundaciones
Art. 33.- Fusión con otra Fundación La Fundación podrá fusionarse con otra u otras fundaciones, previo acuerdo de los respectivos Patronatos. El acuerdo de fusión deberá ser aprobado con el voto favorable de, al menos, la mitad más uno de los miembros del Patronato y comunicado al Protectorado antes de otorgar la escritura pública y posteriormente se inscribirá en el Registro de Fundaciones.
Art. 34.- Extinción de la Fundación La Fundación se extinguirá por las causas, y de acuerdo con los procedimientos establecidos por la legislación vigente.
Art. 35.- Liquidación y adjudicación del haber La extinción de la Fundación determinará la apertura del procedimiento de liquidación que se realizará por el Patronato bajo el control del Protectorado. Los bienes y derechos resultantes de la liquidación se destinarán a fundaciones o a las entidades no lucrativas que persigan fines de interés general, a que tengan afectados sus bienes, incluso para el supuesto de su disolución, a la consecución de aquellos, consideradas como entidades beneficiarias del mecenazgo a los efectos previstos en los artículos 16 a 25, ambos inclusive, de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre. Corresponde al Patronato designar las entidades receptoras de estos bienes, de acuerdo con lo ordenado en la Legislación vigente.
Fundación de interés general, sin ánimo de lucro, que tiene por objeto favorecer el desarrollo integral de la persona, en el ámbito educativo, sanitario y social, priorizando la inclusión del ser humano en sus diferencias.
Artículo 3. Fines.
Son fines de la Fundación:
- La creación de una escuela autónoma, inclusiva y vivenciada, abierta al entorno; que facilite el pleno desarrollo de las capacidades del ser humano: físicas, emocionales, sociales, intelectuales y espirituales.
- La creación un espacio de asistencia a la tercera edad, prestando los servicios asistenciales necesarios para su desarrollo personal y emocional, desde la perspectiva de la Psicomotricidad vivenciada.
- Promover y desarrollar iniciativas y proyectos cuya finalidad sea fomentar la inclusión de todos los seres humanos, con atención especial a la Discapacidad.
- Facilitar un espacio para que las personas mayores y los niños compartan su experiencia de la vida.
- Promover el intercambio entre los miembros de la Comunidad con el objetivo de construir una realidad más justa, equitativa y humana, consciente de la importancia de los vínculos en las relaciones humanas y la riqueza que aporta el servicio a los demás.
- Integrar y preservar los espacios naturales, promover el respeto con el entorno y fomentar el contacto del ser humano con la naturaleza desde la innovación educativa.
- Promover el cuidado, atención, acompañamiento, rehabilitación y promoción social y humana de las personas, tanto en la infancia, adolescencia y edad adulta.
- Proporcionar atención especial a las familias en riesgo de exclusión o marginación.
- Promoción de voluntariado para trabajar por y para la infancia; por y para las personas mayores.
- Desarrollo integral de la persona a través de la Psicomotricidad.
- Realización de formación en Psicomotricidad como terapia a la infancia, la edad adulta y las personas mayores.
- Fomentar el desarrollo de la teoría y práctica de la Psicomotricidad, propiciando el desarrollo científico de la Psicomotricidad como disciplina.
- Auspiciar y promover estudios, proyectos de investigación, postgrados o formación sobre temas sociales, culturales, socio-sanitarios y educativos.
- Crear y constituir el sostenimiento de las actividades y obras formativas que complementen las posibilidades de la escuela para la educación integral del niño.
- Organizar cursos, eventos, jornadas, conferencias, sesiones de estudio y de investigación y otros actos similares sobre temas relacionados con el objeto fundacional.
- Colaborar con otras instituciones en programas de investigación, cooperación nacional e internacional en beneficio de la infancia, de personas mayores o en riesgo de exclusión.
- Creación de premios como reconocimiento a las personas, instituciones u organizaciones que hayan realizado acciones a favor de la inclusión.
Presidenta
Dña. Mónica Martínez Sampietro
Presidenta de la Fundación Centro Crea-t desde su creación en 2018. Fundadora de Crea_t Centro de Psicomotricidad. Es responsable de la gestión y relaciones externas desde su constitución en el año 2007.
Licenciada en Ciencias Políticas y Sociología por la Universidad Complutense de Madrid y Máster en Unión Europea por la UNED. Es además, Experta en Psicomotricidad Terapéutica por la UCM y formada en Pedagogía Holística. Ha ejercido de profesora de Secundaria durante 14 años. Madre de dos hijos.
Vicepresidenta
Dña. Cristina Martínez Sampietro
Fundadora de Crea_t Centro de Psicomotricidad. Es la directora desde su constitución en el año 2007.
Maestra de Educación Infantil. Es además, Experta en Psicomotricidad Terapéutica por la UCM, Máster en Prevención Psicomotriz Prenatal y Primera Infancia, Terapeuta en Biografía humana y formada en Pedagogía Holística. Es formadora de psicomotricistas desde el año 2007. Madre de una niña.
Secretaria
Dña. Sara Martínez Sampietro
Fundadora de Crea_t Centro de Psicomotricidad. Es responsable de la administración desde su constitución en el año 2007.
Es Técnico en Psicomotricidad y formada en Pedagogía Holística. Es titulada en Reflexología Podal Método Ángeles Hinojosa y Doula formada por Doulas Conciencia en Barcelona. Es responsable de la Administración, Contabilidad y Logística de Sues S.L. desde el año 1999.
Vocales
D. Pedro Borrás Morey.
Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universitat de les Illes Balears (UIB). Es gerente de Borrás Sabater S.L. desde el año 2000. Es padre de dos niños.
D. Josep Triginer Borrell.
Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universitat de les Illes Balears (UIB). Ex Responsable de Banca Privada del Banc de Sabadell (2003-2023) ahora Jubilado. Miembro del European Financial Planning Association.
Dña. Aurora Recio Fernández
Maestra de Educación Física y Primaria por la UIB. Es además, Experta en Psicomotricidad Terapéutica por la UCM, Máster en Atención Temprana y formada en Pedagogía Holística. Forma parte del equipo de Crea_t Centro de Psicomotricidad desde 2009. Madre de dos niños.
OBJETIVO
Una sociedad donde el movimiento, la relación y el acompañamiento respetuoso formen parte de la vida de todas las personas, sin barreras.
Saudade, escuela homologada, autónoma, inclusiva y vivenciada, abierta al entorno, que facilite el pleno desarrollo de las capacidades del ser humano: físicas, emocionales, sociales, intelectuales y espirituales.
Homologada por la Consellería de Educació, abarca las etapas de Infantil y Primaria, con una única línea, donde se favorece el aprendizaje natural de los niños, respetando su ritmo y deseo. En definitiva, una escuela que permita ir de lo individual, a lo colectivo.
Entendemos la educación como una preparación para la vida. Ello implica que el niño experimente a través de su propio deseo y en movimiento, aquello que le despierta interés por aprender. Las emociones, los sentimientos y el movimiento es lo que va a permitir al niño descubrir, lograr y crear globalmente, porque es la experimentación la que le permite llegar a un descubrimiento global y a la integración de sus capacidades.
Vivenciada porque es necesario explorar el mundo desde los sentidos (cabeza, manos y corazón), en conexión con la realidad que nos rodea; necesitamos experimentar para aprender.
Inclusiva porque se trata de crear una escuela donde aprender juntos; aprender a vivir con diferencia y aprender de la diferencia, sin excepción. Escuela diseñada para todo el alumnado. Todos somos bienvenidos.
En conexión con la naturaleza porque la Tierra es nuestro espacio de vida, de cobijo y cuidado y la sentimos como un organismo vivo, un ser autorregulado. Es una unidad, una comunidad en la que todo está relacionado con todo, donde ningún ser vivo se encuentra aislado y todos dependemos unos de otros. El contacto con la naturaleza es la base del amor por la Tierra, una actitud vital para generar y transmitir conocimientos que nos ayuden a llevar vidas sostenibles, asegurando así nuestra supervivencia.
Observamos el proceso natural del niño y el proceso propio de la naturaleza, dando un espacio prioritario al mundo de las relaciones, a través de las posibilidades que facilita la Psicomotricidad vivenciada.
Horario: de lunes a viernes, de 9 a 14 horas.
Edades: Niños y niñas a partir de 3 años.
Precio: Mensualidades de 463 euros para Saudade infantil y 483 euros para Saudade Primaria.
Matrícula: Al matricular a vuestros hij@s, el primer año se deberá abonar una mensualidad completa; a partir del segundo la matrícula se reduce a la mitad.
Descuento de un 10% en las cuotas para el segundo hermano.
Descuento del 15 % en las cuotas para el tercer hermano.
Código de centro: 07016803
El curso 2025-2026 disponemos de la etapa de Ed. Infantil, Primer ciclo, Segundo ciclo y quinto de Primaria
La Escuela de la Experiencia pretende crear un espacio de calidad, intercambio y relación de las personas en edad madura con niños y familias; siendo así parte activa de la comunidad. Se trata en definitiva, de un lugar de relaciones humanas, intergeneracional donde personas mayores y niños comparten su experiencia de vida. Dos son los proyectos que estamos llevando a cabo:
Psicomotricidad para personas en la tercera edad, donde favorecemos las capacidades adquiridas, además de permitirles conservar la calidad en sus funciones motoras, cognitivas y afectivas.
Taller de expresión creadora (Pintura) Es un espacio libre de modelos, comparaciones y condicionamientos, donde la persona que viene al taller, no se siente juzgada y se encuentra libre de expresar, desde su verdadera capacidad creativa. Todo ello proporciona lo necesario para facilitar el juego; "el juego de pintar".
El juego es un continuo ir y venir entre lo individual y lo colectivo.
En él participan unas 10-12 personas de todas las edades. Es imprescindible la diversidad del grupo ya que genera una red de relaciones en la que desaparece la competitividad para dar paso a la convivencia; cada persona tiene la posibilidad de ser ella misma. La herramienta fundamental que contribuye y afianza estas relaciones es la mesa paleta, colocada en el centro de la sala. Alrededor de este instrumento, las personas se encuentran, se relacionan y, por la forma característica que tiene, se tienen en cuenta.
La labor del asistente consiste en ponernos al servicio de las necesidades concretas de cada persona y en crear las condiciones que hacen posible el despliegue de los procesos personales. "En este lugar, en este grupo formado por personas diferentes entre sí y no reunidas con criterio alguno de edad, de profesión,…, nadie es juzgado; cada uno es incomparable; ninguna norma está establecida para orientar su impulso; la presencia de los demás es necesaria porque proporciona carácter de normalidad a una emisión insólita." Arno Stern.
Horario: Martes de 17.30 a 19 horas.
Duración: una hora y media.
De Octubre a junio.
Precio: Gratuito para personas mayores, personas con discapacidad de cualquier edad, personas en riesgo de exclusión de cualquier edad. Para el resto: Trimestral 210€ (70€ al mes), material incluido.Asistente: Ana Goyanes, psicomotricista, formada en Expresión Creadora en Diraya, Bilbao.
Cada aportación ayuda a crear oportunidades de desarrollo para más familias.
¿CÓMO COLABORAR?
Biblioteca pública oberta a la Comunitat, i al jardí, com a espai d'intercanvi entre els membres de la Comunitat on les persones de totes les edats, es troben, conversen, llegeixen i poden participar activament en l'adequació de l'espai exterior.
La Biblioteca Pública permet el préstec de llibres, consulta, assessorament dels nostres bibliotecaris i realitza activitats per a totes les edats.
L'espai exterior, jardí, està sent dissenyat des dels principis de la Permacultura, que estudia les relacions i patrons que operen en la naturalesa i ofereix un sistema de disseny basat en tres ètiques transversals, cuidar la terra, cuidar les persones i compartir els recursos amb equitat (cuidar el futur).
El jardí s'ofereix com a lloc de relaxació, gaudi i lloc adaptat a la lectura tranquil·la o solitària. Contribueix a fer de les biblioteques llocs de vida social.
HORARI: DE DILLUNS A DIJOUS, DE 16.30 A 20 HORES.
Per a realitzar el préstec de llibres, és necessari ser soci/a de la Biblioteca. El preu del carnet és de 10 euros/ anuals.
Biblioteca pública abierta a la Comunidad, y al jardín, como espacio de intercambio entre los miembros de la Comunidad donde las personas de todas las edades, se encuentran, conversan, leen y pueden participar activamente en la adecuación del espacio exterior.
La Biblioteca Pública permite el préstamo de libros, consulta, asesoramiento de nuestros bibliotecarios y realiza actividades para todas las edades.
El espacio exterior, jardín, está siendo diseñado desde los principios de la Permacultura, que estudia las relaciones y patrones que operan en la naturaleza y ofrece un sistema de diseño basado en tres éticas transversales, cuidar la tierra, cuidar las personas y compartir los recursos con equidad (cuidar el futuro).
El jardín se ofrece como lugar de relajación, disfrute y lugar adaptado a la lectura tranquila o solitaria. Contribuye a hacer de las bibliotecas lugares de vida social.
HORARIO: DE LUNES A JUEVES, DE 16.30 A 20 HORAS.
Para realizar el préstamo de libros, es necesario ser socio/a de la Biblioteca. El precio del carnet es de 10 euros/ anuales.
ALQUILER DE ESPACIOS
TABLA DE TARIFAS

Martí Rubí Secretari, 114.
07141 Sa Cabaneta. Marratxí.
I. Balears
(34) 638041983
[email protected]